Con el objetivo de contribuir al mejoramiento de la
gestión municipal en educación, el ejecutivo reitera el compromiso por apoyar
el desarrollo de esta área mediante el financiamiento de iniciativas que
permitan resolver los nudos críticos que afectan la gestión y por tanto la
calidad de la educación, impulsando el establecimiento de un sistema permanente
de mejoramiento de la calidad de la gestión educativa municipal.
En el Mensaje Presidencial de mayo de 2007, la Presidenta Bachelet,
manifestó con convicción la necesidad de introducir reformas sustantivas a la
institucionalidad de la educación chilena. En este contexto y convencida del
rol que debe jugar la educación pública, anunció: “… crearemos un fondo de
apoyo al mejoramiento de la gestión municipal en educación. Se trata de una
inversión significativa: 100 millones de dólares para que los municipios puedan
hacer frente a las exigencias que plantea este esfuerzo nacional…”
Consecuentemente con este anuncio, la Ley de Presupuestos para 2008
establece el Fondo de apoyo al mejoramiento de la Gestión Municipal
en Educación, bajo la forma de transferencias, con un monto total de M$
53.200.000 (miles de pesos) los cuales serán transferidos a las
Municipalidades.
Para efectos del desarrollo exitoso de esta iniciativa, se
propone transferir a cada Municipalidad el 50% de los recursos
correspondientes, durante el primer trimestre del año 2008. Para que esto
ocurra, el total de programas propuestos deberían estar presentados y aprobados
a más tardar el 29 de febrero de 2008.
En consecuencia, se solicita la elaboración inmediata del
programa y su presentación oportuna para la disponibilidad temprana de los
recursos.
Criterios generales
del fondo
a) La asignación de recursos del Fondo a las
Municipalidades será realizada por el
Ministerio de Educación de acuerdo a lo establecido por la Ley de Presupuestos y lo señalado
en las presentes instrucciones.
b) Los recursos serán asignados a las Municipalidades que
los hayan solicitado presentando un “Programa” que incluya las iniciativas para
las cuales requieren financiamiento y que se enmarquen en los objetivos del
Fondo.
c)Las iniciativas que forman parte del Programa no deben
incluir gastos recurrentes, inversión en infraestructura y equipamiento (salvo
excepciones que se indican más adelante), tampoco iniciativas para las cuales
el Ministerio de Educación tenga programas con financiamiento en la Ley de Presupuestos, excepto
que estos recursos se apliquen de manera complementaria y se señale
oportunamente.
d) Las Municipalidades podrán acceder al total de los
recursos en dos etapas. Podrán obtener el 50% de los recursos correspondientes,
durante el primer trimestre de 2008, previa solicitud del Alcalde con apoyo del
Concejo Municipal y la respectiva aprobación del programa por parte del
MINEDUC, el resto de los recursos será entregado durante el segundo semestre,
de acuerdo al cumplimiento de metas y al informe de avance del primer semestre.
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